La industria del ciclismo eléctrico vuelve a situarse en el centro del debate tras la carta abierta publicada por Hans Rey, una de las figuras históricas del Mountain Bike. El excampeón de Trial y embajador global del MTB ha reclamado una definición más precisa de qué debe considerarse una bicicleta eléctrica, advirtiendo de que la falta de claridad puede tener consecuencias directas sobre el acceso a senderos y la regulación futura.

El límite de potencia y velocidad, en el punto de mira
Rey sostiene que el término 'e-Bike' se ha convertido en un cajón de sastre que engloba desde una bicicleta eléctrica de pedaleo asistido Clase 1 hasta ciclomotores eléctricos o motocicletas de altas prestaciones. Esa ambigüedad, según explica, genera confusión entre gestores de espacios naturales, legisladores y usuarios de los caminos, y puede derivar en restricciones generalizadas.
La referencia técnica que propone como línea roja es clara: asistencia únicamente al pedaleo, velocidad máxima asistida de 20 mph (32 km/h), ausencia de acelerador y un motor que no supere los 750 W de potencia pico. Ese estándar coincide con lo que actualmente se reconoce en muchos mercados como e-bike Clase 1 para uso en senderos, la categoría que ha logrado mayor aceptación en rutas y espacios compartidos con bicicletas convencionales.
El matiz entre potencia nominal y potencia pico es otro de los puntos relevantes que subraya. Un motor declarado con 750 W nominales puede ofrecer picos muy superiores en determinadas circunstancias, lo que cambia de forma sustancial el comportamiento dinámico de la bicicleta. En términos prácticos, más par y más aceleración acercan la experiencia a la de una motocicleta ligera, algo que puede afectar tanto a la percepción social como a la normativa aplicable.
La carta también propone una diferenciación terminológica más estricta: reservar el concepto de bicicleta eléctrica para las unidades de pedaleo asistido limitadas, y utilizar denominaciones específicas para vehículos con acelerador, mayor velocidad o potencia superior. En el ámbito del debate sobre regulación de bicicletas eléctricas, la cuestión semántica no es menor, ya que las palabras terminan marcando el marco legal.
El trasfondo no es teórico. En Estados Unidos ya existen iniciativas legislativas que buscan endurecer las condiciones de uso de estos vehículos, incluyendo exigencias de seguro, matriculación o casco homologado para motocicleta en determinados supuestos. Para Rey, si la industria no fija límites claros, serán los legisladores los que lo hagan, probablemente con menos sensibilidad hacia el ecosistema del MTB.
Desde la óptica de los fabricantes, el mensaje apunta directamente a la escalada de cifras. La carrera por ofrecer más potencia y más par puede resultar atractiva a corto plazo, pero pone en riesgo el encaje de la normativa sobre potencia máxima de 750 W que actualmente permite a muchas e-Bikes circular como bicicletas y no como vehículos motorizados. Si ese equilibrio se rompe, el impacto puede ser global.
El llamamiento también alcanza a medios de comunicación, distribuidores y asociaciones sectoriales. La petición es utilizar un lenguaje preciso y defender de forma coherente la categoría que ha permitido integrar la asistencia eléctrica en el entorno del Mountain Bike sin alterar de forma radical la convivencia en los senderos.
En un momento en el que el acceso a senderos para e-MTB sigue siendo un asunto sensible en numerosos territorios, la intervención de una figura con el peso simbólico de Hans Rey introduce presión en el sector. La discusión ya no gira solo en torno a prestaciones o innovación tecnológica, sino a la supervivencia de un modelo de uso que ha permitido a miles de ciclistas ampliar su radio de acción sin abandonar la esencia del pedaleo.
El debate está abierto y afecta tanto a marcas como a usuarios. Lo que está en juego no es únicamente cuánta potencia puede desarrollar un motor eléctrico, sino bajo qué condiciones una bicicleta seguirá siendo considerada, legal y socialmente, una bicicleta.