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Despedido tras publicar en Strava sus rutas de Mountain Bike durante una baja médica y acabar hospitalizado tras una de ellas

Lejos de tratarse de paseos suaves, quedó acreditado que entre el 6 y el 23 de noviembre completó al menos siete rutas de entre 35 y 75 kilómetros, con desniveles acumulados superiores a los 1.300 metros y duraciones de más de 3 horas.

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado el despido disciplinario de un trabajador de una empresa de climatización de Oviedo que, mientras se encontraba de baja por un accidente laboral en el hombro, realizaba y publicaba en Strava sus rutas de Mountain Bike. La resolución judicial respalda la actuación de la empresa y ratifica íntegramente la sentencia dictada previamente por el Juzgado de lo Social número 1 de Oviedo.

Logotipo de Strava. Imagen: Strava
Logotipo de Strava. Imagen: Strava

El ciclismo de montaña como prueba clave durante la incapacidad temporal

Los hechos se remontan al 4 de noviembre de 2024, cuando el empleado sufrió un accidente laboral al ayudar a descolgar una caldera en una vivienda de Oviedo. Según la sentencia, el trabajador notó un chasquido en el hombro derecho acompañado de dolor inmediato. La mutua le diagnosticó un esguince con subluxación, le prescribió tratamiento farmacológico, inmovilización con cabestrillo durante una semana y le concedió la baja por incapacidad temporal, inicialmente estimada en unos 20 días.

Apenas dos días después de iniciarse la baja médica, el trabajador comenzó a realizar salidas en bicicleta. Lejos de tratarse de paseos suaves, quedó acreditado que entre el 6 y el 23 de noviembre completó al menos siete rutas de entre 35 y 75 kilómetros, con desniveles acumulados superiores a los 1.300 metros y duraciones que superaban ampliamente las tres horas.

Todas estas actividades quedaron registradas y publicadas en su perfil público de Strava, una plataforma ampliamente utilizada por deportistas para compartir entrenamientos y recorridos. La visibilidad de estas publicaciones resultó determinante en el desarrollo posterior del caso.

El 26 de noviembre se produjo un nuevo episodio relevante. Tras realizar otra salida en bicicleta por la mañana, el trabajador comenzó a notar palpitaciones y sensación de pesadez en el pecho, lo que le llevó a acudir al Hospital Álvarez Buylla. Permaneció ingresado hasta el día 29, con un diagnóstico final de palpitaciones no filiadas e infarto tipo 2 sin lesiones coronarias significativas.

Durante el ingreso hospitalario no publicó nuevas rutas, pero tras recibir el alta volvió de inmediato a subirse a la bicicleta. Los días 30 de noviembre y 1 de diciembre realizó nuevas salidas de más de dos horas, nuevamente registradas en Strava, pese a continuar oficialmente de baja por la lesión en el hombro.

El 4 de diciembre recibió el alta médica por dicha lesión, al apreciarse una evolución favorable que permitía ya desempeñar su trabajo habitual. Sin embargo, para entonces la empresa ya había recopilado suficiente información sobre su actividad deportiva durante la baja.

La dirección de la compañía abrió un expediente disciplinario y comunicó el despido argumentando que las salidas en bicicleta evidenciaban la inexistencia de dolencias incompatibles con su puesto de trabajo y que, además, el ciclismo de montaña practicado era perjudicial para la correcta recuperación del hombro lesionado. La carta de despido subrayaba también que el ingreso hospitalario se produjo tras una de las rutas más exigentes.

El trabajador negó haber simulado la lesión y defendió que la mutua no le había prohibido expresamente montar en bicicleta. Alegó igualmente que su evolución clínica fue positiva y sostuvo que el despido estaba motivado por su condición de representante de los trabajadores.

Tanto el juzgado como el Tribunal Superior de Justicia rechazaron estos argumentos. La Sala de lo Social recuerda que no toda actividad realizada durante una baja médica es sancionable, pero sí aquella que interfiere en la curación o demuestra aptitud para trabajar. En este caso, los magistrados consideran probado que las rutas de Mountain Bike eran incompatibles con una lesión de hombro que requería inmovilización y rehabilitación.

La sentencia destaca además que la evolución médica inicial fue desfavorable y que el propio comportamiento del trabajador pudo haber contribuido a retrasar la recuperación. En palabras del fallo, la realización de actividades contraindicadas durante una baja médica supone una transgresión de la buena fe contractual.

Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirma la procedencia del despido disciplinario y lanza un mensaje claro sobre el uso de redes sociales y la práctica deportiva durante los periodos de incapacidad temporal, especialmente cuando las actividades realizadas son fácilmente comprobables y públicamente accesibles.